Como se pignoran las Cesantías
Las Cesantías se pueden utilizar como garantía de créditos, siempre y cuando se tengan en cuenta las condiciones determinadas por la ley colombiana.
La pignoración, es la acción de entregar en prenda los dineros depositados en el fondo cesantías como garantía de un crédito, teniendo en cuenta las condiciones determinadas por la ley.
La pignoración de cesantías ha sido prevista por la ley 50 de 1990, como respaldo para créditos otorgados por:
Cooperativas: hasta el 50% del valor de las cesantías para garantías de préstamos por cualquier concepto.
Fondos de empleados: hasta el 100% del valor de las cesantías para garantías de préstamos por cualquier concepto.
Cajas de Compensación Familiar: hasta el 100% del valor de las cesantías para garantías de préstamos por cualquier concepto. Prestamos de vivienda que realizan las empresas a sus trabajadores: hasta el 100% del valor de las cesantías.
Procedimiento para pignorar las cesantías: La solicitud puede ser presentada por el afiliado o el empleador: El afiliado debe… Enviar o entregar personalmente una carta en una oficina Porvenir informando el nombre, número de identificación, valor a pignorar, tipo de crédito otorgado y fecha del mismo con registro de firma y huella del afiliado. El empleador debe… Presentar carta solicitando la pignoración de las cesantías del afiliado, adjuntando el documento en el que conste el crédito y la autorización expresa por el trabajador o afiliado con firma y huella. El empleador podrá retener o abonar a préstamos o pignoraciones el pago del auxilio de cesantías.
Documentos requeridos según el tipo de retiro de cesantías (aplica para todos los casos)
Para tramitar un retiro de cesantías se requiere presentar el original del documento de identificación y los siguientes documentos de acuerdo al concepto:
RETIROS TOTALES
Terminación de Contrato Carta del empleador informando el retiro y el concepto
Prestación del Servicio Militar Carta del empleador informando el retiro y el concepto
Cambio a Salario Integral Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150 %
Sustitución Patronal Documento en Físico
RETIROS PARCIALES
Educación
Recibo de matrícula y fotocopia de la misma donde indique el semestre a cursar, el nombre del estudiante
Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150%
Documento en físico
Recibo de pago del ICETEX
Si el pago de matricula es para un hijo (a): Registro Civil de Nacimiento
Si el pago es para esposo (a) o compañero (a) permanente: Registro Civil de matrimonio o una declaración extra juicio donde especifique el tiempo de convivencia
Si el pago de matrícula es para la Educación no formal se necesita copia de la resolución mediante la cual la Secretaría de Educación Distrital o Departamental, autoriza el funcionamiento de la entidad educativa para el DESARROLLO Y TRABAJO HUMANO , así como el programa educativo a ingresar.
Vivienda
Reparación Locativa
Pago Hipotecario
Compra de acciones
Vivienda
Carta aprobada por el Ministerio de Protección Social bajo el Decreto 2076 de 1967 del Código Sustantivo de Trabajo o Resolución para empresas del Sector Publico
Fotocopia del Documento de Identidad ampliada al 150 %
Documento en físico
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